miércoles, 16 de noviembre de 2016

Ejercicio de liquidaciones

Una profesional de la Animación Sociocultural se incorpora a una empresa el día 1 de abril de 2016. Termina su relación laboral el día 30 de septiembre del mismo año. No ha disfrutado de vacaciones. Cobra un sueldo base mensual de 3.600 euros y le pertenecen dos pagas de 3.600 euros cada una.
Calcula cuánto debe cobrar de liquidación tanto si cobra las pagas prorrateadas, como si el devengo de las mismas es mensual o si el devengo es semestral.

Sueldo base
En todos los casos le pertenece el mismo sueldo base. Dado que ha trabajado un mes entero le corresponde un sueldo base de 3.600 euros.

Vacaciones
En todos los casos le corresponde cobra lo mismo por vacaciones no disfrutadas. Como lleva trabajando seis meses, le corresponden quince días de vacaciones.
Podemos calcular el sueldo de cada día de vacaciones calculando su salario anual y dividiéndolo entre 360. Su sueldo anual es 3.600 x 14, dado que cobra doce meses y dos pagas, cada una de 3.600 euros. Su sueldo anual es 50.400 euros. 50.400 €/360 = 140 euros/día.
Por tanto, para vacaciones, 15 días a 140 euros cada día nos da 2.100 euros.

Pagas prorrateadas
Son dos pagas de 3.600 euros cada una, por tanto, 7.200 euros al año. Prorrateadas mes a mes, es 7.200 / 12, por tanto, 600 euros al mes.

Por tanto, la liquidación si cobrara las pagas prorrateadas sería:
3.600 (sueldo base) + 2.100 (vacaciones) + 600 euros (pagas prorrateadas) = 6.300 euros.

Devengo semestral
Por devengo semestral solo le corresponde la paga de Navidad, dado que la relación laboral termina en septiembre. Al ser semestral, por seis meses cobra una paga entera: 3.600 euros. Como ha trabajado tres meses en el segundo semestre, le corresponde la mitad: 1.800 euros.

Por tanto, la liquidación cuando el devengo es semestral es:
3.600 (sueldo base) + 2.100 (vacaciones) + 1.800 euros (paga de Navidad) = 7.500 euros.

Devengo anual
Por devengo anual le corresponden dos pagas: la de Navidad y la de junio. Para cobrar una paga entera le deben computar doce meses. Para la paga de junio solo le computan tres meses dado que ya la cobró en junio. Le cuentan julio, agosto y septiembre. Si por doce meses, la paga es de 3.600 euros, por 3 meses la paga es de 900 euros.
Para la paga de Navidad, dado que nunca la ha cobrado, computa desde que empezó a trabajar (abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre). Son seis meses. Si por doce meses, la paga es de 3.600 euros, por seis meses la paga es de 1.800 euros.

Por tanto, la liquidación cuando el devengo es anual es:
3.600 (sueldo base) + 2.100 (vacaciones) + 900 euros (paga de junio) + 1.800 euros (paga de Navidad) = 8.400 euros.

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